Ley [LFDA]

Artículo 178 de Ley Federal Del Derecho De Autor

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 178.- Cuando dos o más personas presenten a su nombre una solicitud de reserva de derechos, salvo pacto en contrario se entenderá que todos serán titulares por partes iguales.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias