Lectura de artículo · LFDA

Artículo 217 bis

Ley Federal Del Derecho De Autor

Artículo 217 Bis.- Se podrán tramitar ante el Instituto, los Mecanismos Alternativos siguientes:

  1. Avenencia: Procedimiento voluntario mediante el cual las partes, por sí o a través de sus representantes, acuerdan propuestas de solución para resolver o prevenir una controversia o conflicto, ante la presencia de la persona facilitadora;
  2. Mediación: Procedimiento voluntario mediante el cual las partes acuerdan de manera pacífica resolver una controversia, en forma parcial o total, o prevenir una futura, con la asistencia, apoyo y conducción de una persona facilitadora;
  3. Conciliación: Procedimiento voluntario mediante el cual las partes involucradas en una controversia o conflicto acuerdan de manera pacífica resolverla en forma parcial o total, o prevenir una futura, con la asistencia y participación activa de una persona facilitadora, y
  4. Arbitraje: Procedimiento voluntario mediante el cual las partes deciden por escrito, y a través de un acuerdo o cláusula arbitral, someter todas o ciertas controversias que puedan surgir en el futuro, o que ya hayan surgido entre ellas, ante un tercero denominado grupo arbitral, quien dicta un laudo arbitral, conforme a lo previsto en la presente Ley y el Reglamento.

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