Ley [LFFPMN_130420]
Articulo tercero
Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo
tercero.. El CONAM deberá instalarse dentro de los treinta días naturales posteriores al nombramiento de sus integrantes.
Ley [LFFPMN_130420]
Ley Federal Para El Fomento Y Protección Del Maíz Nativo
tercero.. El CONAM deberá instalarse dentro de los treinta días naturales posteriores al nombramiento de sus integrantes.