Ley [LFIIEDB]

Artículo 48 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 48. La presentación de Proyectos para el desarrollo con bienestar sólo da derecho al interesado de que el Consejo los analice y evalúe.

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