Artículo 72. La participación de los miembros del Consejo y de los invitados permanentes, se desempeñará a título honorífico, por lo que no dará derecho a retribución alguna.
Ley [LFIIEDB]
Artículo 72. La participación de los miembros del Consejo y de los invitados permanentes, se desempeñará a título honorífico, por lo que no dará derecho a retribución alguna.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar (LFIIEDB)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.