Ley [LFIIEDB]

Artículo quinto de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar

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Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar (LFIIEDB)

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TRANSITORIOS

quinto.. Los proyectos de inversión iniciados en el ejercicio fiscal 2026, y con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, podrán ser presentados al Consejo de Planeación Estratégica, quien determinará su acceso a los recursos provenientes de los Vehículos de Propósito Específico a que se refiere dicho ordenamiento.

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