Ley [LFPIORPI]

Artículo 25 de Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 25. La Secretaría podrá requerir a quienes realizan Actividades Vulnerables, por escrito o durante las visitas de verificación, la documentación, información, datos e imágenes soporte de los actos u operaciones que lleven a cabo con las personas Clientes o Usuarias, así como de los Avisos e Informes.

Artículo reformado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias