Artículo 18.- Durante la práctica de auditorías, la podrá convocar a las entidades fiscalizadas a las reuniones de trabajo, para la revisión de los resultados preliminares.
Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación
Artículo 18.- Durante la práctica de auditorías, la podrá convocar a las entidades fiscalizadas a las reuniones de trabajo, para la revisión de los resultados preliminares.