Ley [LFRPE]

Articulo 9

Ley Federal De Responsabilidad Patrimonial Del Estado

Artículo 9.- La se aplicará supletoriamente a las diversas leyes administrativas que contengan un régimen especial de responsabilidad patrimonial del Estado. A falta de disposición expresa en , se aplicarán las disposiciones contenidas en la , el , el y los principios generales del derecho.

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