Ley [LFRPE]
Articulo 9
Ley Federal De Responsabilidad Patrimonial Del Estado
Artículo 9.- La se aplicará supletoriamente a las diversas leyes administrativas que contengan un régimen especial de responsabilidad patrimonial del Estado. A falta de disposición expresa en , se aplicarán las disposiciones contenidas en la , el , el y los principios generales del derecho.