"Si te ofendiere tu mano derecha, perdónala; eres tu cuerpo y eres tu alma y es arduo, o imposible, fijar la frontera que los divide."
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Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias

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Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias

Última reforma publicada DOF 15-01-2026

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Resumen de la ley

Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente ley es reglamentaria del artículo 4o. El análisis local detectó 79 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado.

Derechos humanos y garantías Educación Salud, vivienda y bienestar Pueblos y comunidades indígenas Organización del Estado Federalismo y municipios Trabajo y seguridad social Propiedad, recursos y economía

Lo esencial

Qué regula

  • Derechos humanos y garantías
  • Educación
  • Salud, vivienda y bienestar
  • Pueblos y comunidades indígenas
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios
  • Trabajo y seguridad social
  • Propiedad, recursos y economía

A quién aplica

  • Personas en los Estados Unidos Mexicanos.
  • Autoridades de todos los órdenes de gobierno.
  • Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
  • Pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Materias principales

  • Derechos humanos y garantías
  • Educación
  • Salud, vivienda y bienestar
  • Pueblos y comunidades indígenas
  • Organización del Estado
  • Federalismo y municipios
  • Trabajo y seguridad social
  • Propiedad, recursos y economía

Derechos principales

  • Derechos humanos
  • Igualdad y no discriminación
  • Acceso a la información

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Congreso de la Unión
  • Poder Ejecutivo Federal
  • Poder Judicial de la Federación
  • Federación
  • Entidades federativas
  • Municipios
  • Ciudad de México
  • Órganos constitucionales autónomos

Obligaciones principales

  • Las autoridades deben actuar dentro de sus competencias y conforme a las obligaciones previstas en el texto.
  • Todas las autoridades deben promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Consulta y participación de pueblos indígenas.

Sanciones o consecuencias

  • Sanciones previstas para infracciones constitucionales y leyes secundarias.
  • Consecuencias penales o administrativas cuando el texto las remite a la ley.

Definiciones importantes

ConceptoExplicación sencilla
LeyLa Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias; Fracción reformada DOF 15-01-2026
ProgramaEl Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres; Fracción reformada DOF 15-01-2026
Sistema NacionalEl Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de las Violencias contra las Mujeres; Fracción reformada DOF 15-01-2026
Violencia y/o violencias contra las MujeresCualquier acción u omisión o el conjunto de estas, basadas en su género, que les cause o pretenda causarles daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público; Fracción reformada DOF
Modalidades de las violenciasLas formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presentan las violencias contra las mujeres; Fracción reformada DOF 15-01-2026
VíctimaLa mujer de cualquier edad a quien se le inflige cualquier tipo de violencia
AgresorLa persona que inflige cualquier tipo de violencia contra las mujeres
Derechos Humanos de las MujeresRefiere a los derechos que son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención sobre los Derechos de l
Perspectiva de GéneroEs una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad sustantiva,
Empoderamiento de las MujeresEs un proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de conciencia, inclusión, autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del pode
MisoginiaSon conductas de odio hacia las mujeres, las adolescentes y las niñas y se manifiestan en actos violentos y crueles contra ellas por el hecho de serlo; Fracción reformada DOF 29-04-2022
Muertes evitablesConjunto de muertes que no deberían haber ocurrido en presencia de servicios de salud eficaces, con exámenes rutinarios para la detección temprana y tratamientos adecuados; Fracción adicionada DOF 29-04-2022
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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1La presente ley es reglamentaria del artículo 4o.
2La Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales...
3Todas las medidas que se deriven de la presente ley, garantizarán la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos y modalidades de violencias contra las mujeres...
4Los principios rectores para el acceso de todas las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias que deberán ser observados en la elaboración y ejecución de las políticas...
5Para los efectos de la presente ley se entenderá por:
6Los tipos de violencias contra las mujeres son:
7Violencia familiar:
8Los modelos de atención, prevención y sanción que establezcan la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios son el...
9Con el objeto de contribuir a la erradicación de las violencias contra las mujeres dentro de la familia, los Poderes Legislativos, Federal y Locales, en el respectivo ámbito de sus...
10Violencia Laboral y Docente:
11Constituye violencia laboral:
12Constituyen violencia docente:
Mapa de temas
TemaArtículos detectadosDescripción
Derechos humanos y garantías1, 2, 4, 5, 8Reconoce derechos y principios de protección frente a autoridades.
Educación8, 9, 12, 14, 17Regula bases y obligaciones en materia educativa.
Salud, vivienda y bienestar5, 10, 20-quáter, 34-ter, 34-quáterContiene bases de derechos sociales y condiciones de bienestar.
Pueblos y comunidades indígenas5, 36, 41, 59-quáter, 60Reconoce derechos y reglas aplicables a pueblos y comunidades.
Organización del Estado27, 41, 59-quáter, 60Define órganos, competencias y división de poderes.
Federalismo y municipios1, 2, 5, 8, 14Distribuye competencias entre Federación, entidades y municipios.
Trabajo y seguridad social6, 20-terEstablece bases constitucionales del trabajo y seguridad social.
Propiedad, recursos y economía34-ter, 34-quáter, 60Regula bases sobre propiedad, recursos nacionales y actividad económica.
Plazos importantes
  • Dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas en este artículo deberá celebrarse la audiencia en la que la o el juez de control podrá cancelarlas, ratificarlas o modificarlas...
  • ARTÍCULO 24 Quinquies.- El Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario tendrá 30 días naturales para realizar un análisis sobre los hechos de violencia señalados en la solicitud; cuando del análisis realizado se...
  • El tiempo entre la admisión de la solicitud de la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres y la Declaratoria no podrá exceder los 45 días naturales.
  • Las órdenes de protección tendrán una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.
  • Durante los primeros seis días posteriores a la implementación de las órdenes, la autoridad que la emitió mantendrá contacto directo con la mujer víctima de violencia cada 24 horas. A partir del séptimo día, se...
  • VIII. Plazo o término para que la autoridad o autoridades requeridas cumplimenten y den contestación a la autoridad emisora, el cual no podrá exceder de 48 horas.
  • Los Centros de Justicia para las Mujeres facilitarán el acceso a la justicia las 24 horas todos los días del año, y se deberá garantizar que en los servicios que se brinden se cuente con personas intérpretes de lenguas...
  • ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ejecutivo Federal emitirá el Reglamento de la ley dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias?

Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente ley es reglamentaria del artículo 4o. El análisis local detectó 79 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado.

¿Qué regula Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias?

Regula principalmente derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, organización del estado, federalismo y municipios.

¿A quién aplica Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias?

Aplica principalmente a Personas en los Estados Unidos Mexicanos; Autoridades de todos los órdenes de gobierno; Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México; Pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias?

Conviene empezar por artículo 1, porque La presente ley es reglamentaria del artículo 4o. También puede revisarse artículo 2, porque La Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales...

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para ubicar derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, pueblos y comunidades indígenas, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.

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LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS
(Antes “Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”)
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 15-01-2026
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente