Ley [LGIPD]

Artículo 60 de Ley General Para La Inclusión De Las Personas Con Discapacidad

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 60. El incumplimiento de los preceptos establecidos por será sancionado conforme lo prevé la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la y demás ordenamientos aplicables.

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