Ley [LGSM]
Artículo 32 de Ley General De Sociedades Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 32.- En el contrato social podrá pactarse que a la muerte de cualquiera de los socios continúe la sociedad con sus herederos.
Ley [LGSM]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 32.- En el contrato social podrá pactarse que a la muerte de cualquiera de los socios continúe la sociedad con sus herederos.