Ley [LGV]
Artículo 51 de Ley General De Víctimas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 51. La víctima o sus familiares tendrán el derecho de recibir becas completas de estudio en instituciones públicas, como mínimo hasta la educación media superior para sí o los dependientes que lo requieran.
Artículo reformado DOF