Ley [LIE]
Artículo 37 de Ley De Inversión Extranjera
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 37.- Cuando se trate de actos efectuados en contravención a las disposiciones de , la Secretaría podrá revocar las autorizaciones otorgadas.
Los actos, convenios o pactos sociales y estatutarios declarados nulos por la Secretaría, por ser contrarios a lo establecido en , no surtirán efectos legales entre las partes ni se podrán hacer valer ante terceros.