Ley [LIEPS]

Artículo 9o de Ley Del Impuesto Especial Sobre Producción Y Servicios

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 9o .- Para los efectos de , se entiende que la enajenación se efectúa en territorio nacional, si en él se encuentra el bien al efectuarse el envío al adquirente, o cuando no habiendo envío, se realiza en el país la entrega material del bien por el enajenante.

Artículo reformado DOF ,

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias