Ley [LISSSTE]

Artículo 203 de Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 203. El registro de Familiares Derechohabientes y las demás reglas de los seguros contratados se ajustarán a las disposiciones aplicables previstas en .

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias