Ley [LMTR]
Artículo 6 de Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 6. A falta de disposición expresa en o en los tratados internacionales, incluidos los relativos a Derechos Humanos, se aplicarán supletoriamente:
- La ;
- La ;
- La ;
- La ;
- La ;
- El ;
- El ;
- El ;
- Las Leyes aplicables en materia de seguridad, y
- Las Leyes aplicables en materia electoral.