Artículo 6. A falta de disposición expresa en esta Ley o en los tratados internacionales, incluidos los relativos a Derechos Humanos, se aplicarán supletoriamente:
- La Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
- La Ley Federal de Competencia Económica;
- La Ley General de Bienes Nacionales;
- La Ley de Vías Generales de Comunicación;
- La Ley Federal de Protección al Consumidor;
- El Código de Comercio;
- El Código Civil Federal;
- El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares;
- Las Leyes aplicables en materia de seguridad, y
- Las Leyes aplicables en materia electoral.