Artículo 32 Bis.- A la le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
Párrafo reformado DOF , ,
- Fomentar la protección, restauración, conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano;
Fracción reformada DOF
- Formular, conducir y evaluar la política en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y de la actividad pesquera, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades;
Fracción reformada DOF ,
- Ejercer acciones para realizar la defensa del derecho a un medio ambiente sano y demás derechos humanos relacionados con el medio ambiente, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
Fracción adicionada DOF
- Regular el uso, así como administrar y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que correspondan a la Federación, con excepción de los hidrocarburos, los minerales radioactivos y demás minerales o substancias competencia de otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal;
Fracción reformada DOF ,
- Establecer, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades estatales y municipales, normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente; sobre los ecosistemas naturales; sobre el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y de la flora y fauna silvestre, terrestre y acuática; sobre descargas y tratamiento de aguas residuales, y en materia minera; sobre materiales peligrosos y residuos sólidos y peligrosos; sobre desarrollo forestal sostenible, biodiversidad, emisiones a la atmósfera, cambio climático y ordenamiento ecológico; así como establecer otras disposiciones administrativas de carácter general en estas materias y otras de su competencia, para la interpretación y aplicación de las normas oficiales mexicanas;
Fracción reformada DOF ,
- Vigilar, promover y estimular, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas oficiales mexicanas y estándares, así como programas relacionados con recursos naturales, medio ambiente, aguas, bosques, la atmósfera, suelos, biodiversidad y demás materias competencia de la Secretaría;
Fracción reformada DOF , ,
- Identificar e inspeccionar lugares y zonas en materia ambiental en coordinación con las autoridades competentes y, en su caso, iniciar los procedimientos e imponer las sanciones y ordenar las medidas de seguridad y de urgente aplicación que resulten procedentes, de conformidad con las disposiciones aplicables;
Fracción adicionada DOF
- Proponer al Ejecutivo Federal el establecimiento de áreas naturales protegidas en cualquiera de sus categorías de protección, y promover para su conservación, restauración, remediación, administración y vigilancia, la participación de autoridades federales o locales, de universidades, centros de investigación y particulares;
Fracción reformada DOF
- Organizar y administrar las áreas naturales protegidas y coadyuvar en labores de conservación, restauración, remediación, protección y vigilancia de dichas áreas, cuando su administración recaiga en gobiernos estatales, municipales o en personas físicas o morales;
Fracción reformada DOF ,
- Ejercer la posesión y propiedad de la nación en las playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar;
- Participar en foros internacionales respecto de las materias competencia de la Secretaría, con la participación que corresponda a la , así como proponer a ésta la celebración de tratados y acuerdos internacionales en la materia;
Fracción reformada DOF
- Promover el ordenamiento ecológico del territorio nacional, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, y con la participación de los particulares;
- Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que presenten los sectores público, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, así como sobre los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica;
Fracción reformada DOF
- Elaborar, promover y difundir las tecnologías y formas de uso requeridas para el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y sobre la calidad ambiental de los procesos productivos, de la infraestructura, de los servicios y del transporte, en coordinación con las autoridades competentes;
Fracción reformada DOF
- Fomentar e instrumentar programas y obras de restauración y remediación ecológica, con la participación de las autoridades federales, estatales y municipales;
Fracción reformada DOF , , ,
- Evaluar la calidad del ambiente, establecer y promover el sistema de información ambiental, que incluya los sistemas de monitoreo de la atmósfera, de cambio climático, de suelos y cuerpos de agua de jurisdicción federal, los inventarios de recursos naturales y de población de fauna silvestre, en coordinación con autoridades federales, estatales y municipales, instituciones de investigación y educación superior, así como las dependencias y entidades que correspondan;
Fracción reformada DOF ,
- Desarrollar y promover metodologías y procedimientos de valuación económica de los recursos naturales y de los bienes y servicios ambientales que éste presta, así como cooperar con dependencias y entidades federales, estatales y municipales, para desarrollar un sistema integrado de contabilidad ambiental y económica;
Fracción reformada DOF
- Formular y conducir la política nacional sobre cambio climático y la capa de ozono;
Fracción reformada DOF
- Promover la participación social y de la comunidad científica en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental, a efecto de concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente;
Fracción reformada DOF
- Llevar el registro y cuidar la conservación de los árboles históricos y notables del país;
Fracción reformada DOF
- Proponer, y en su caso resolver sobre el establecimiento y levantamiento de vedas forestales, de caza y pesca, de conformidad con la legislación aplicable, así como establecer el calendario cinegético y el de aves canoras y de ornato;
Fracción reformada DOF
- Conducir y coordinar con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, las restricciones que establezcan las disposiciones aplicables sobre la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del o destinadas al extranjero, y promover ante la el establecimiento de medidas de regulación o restricción a su importación o exportación, cuando se requiera para su conservación y aprovechamiento; así como promover sistemas productivos sustentables de especies de flora y fauna silvestres;
Fracción reformada DOF , ,
- Dirigir los estudios, trabajos y servicios meteorológicos, climatológicos, hidrológicos y geohidrológicos, así como el sistema meteorológico nacional, y participar en los convenios internacionales sobre la materia;
- Coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales; impulsar que las instituciones de educación superior y los centros de investigación formulen programas de formación de especialistas, basados en conocimientos ambientales e impulsen la investigación científica y tecnológica en la materia; promover que los organismos de promoción de la cultura y los medios de comunicación contribuyan a la formación de actitudes y valores de protección ambiental y de conservación de nuestro patrimonio natural; y en coordinación con la , fortalecer los contenidos ambientales de planes y programas de estudios, así como los materiales de enseñanza de los diversos niveles y modalidades de educación;
Fracción reformada DOF
- Organizar, dirigir y reglamentar los trabajos de hidrología en cuencas, cauces y álveos de aguas nacionales, tanto superficiales como subterráneos, conforme a la ley de la materia;
- Administrar, controlar y reglamentar el aprovechamiento de cuencas hidráulicas, vasos, manantiales y aguas de propiedad nacional, y de las zonas federales correspondientes, con exclusión de los que se atribuya expresamente a otra dependencia; establecer y vigilar el cumplimiento de las condiciones particulares que deban satisfacer las descargas de aguas residuales, cuando sean de jurisdicción federal; autorizar, en su caso, el vertimiento de aguas residuales en el mar, en coordinación con la , cuando provenga de fuentes móviles o plataformas fijas; en cuencas, cauces y demás depósitos de aguas de propiedad nacional; y promover y, en su caso, ejecutar y operar la infraestructura y los servicios necesarios para el mejoramiento de la calidad del agua en las cuencas;
- Estudiar, construir, conservar y evaluar, con la participación que corresponda a la , las obras de riego, desecación, drenaje, defensa y mejoramiento de terrenos y las de pequeña irrigación, de acuerdo con los programas formulados y que competa realizar al Gobierno Federal, por sí o en coordinación con autoridades estatales y municipales o particulares;
Fracción reformada DOF , ,
- Formular, dar seguimiento y evaluar la política hídrica nacional, así como regular y vigilar la conservación de las corrientes, lagos, esteros, lagunas y humedales de jurisdicción federal, en la protección de cuencas alimentadoras y las obras de corrección torrencial;
Fracción reformada DOF
- Manejar el sistema hidrológico del Valle de México;
- Controlar los ríos y demás corrientes y ejecutar las obras de defensa contra inundaciones;
- Organizar y manejar la explotación de los sistemas nacionales de riego, con la intervención de los usuarios, en los términos que lo determinen las leyes, en coordinación, en su caso, con la ;
Fracción reformada DOF ,
- Ejecutar las obras hidráulicas que deriven de tratados internacionales;
- Impulsar acciones para garantizar el acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable, asequible y preferente sobre cualquier otro uso; intervenir en el acceso al agua para el sector productivo y energético, a través de instrumentos establecidos en la normativa aplicable, siguiendo los principios y criterios de equidad y sustentabilidad; fomentar y apoyar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que realicen las autoridades locales y las organizaciones comunitarias, así como programar, proyectar, construir, administrar, operar y conservar por sí, o mediante el otorgamiento de la asignación o concesión que en su caso se requiera, o en los términos del convenio que se celebre, las obras y servicios de captación, potabilización, tratamiento de aguas residuales o servidas, conducción y suministro de aguas de jurisdicción federal;
Fracción reformada DOF ,
- Establecer los mecanismos necesarios para implementar la coordinación y colaboración con la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Ambiente del Sector Hidrocarburos y solicitar a dicha Agencia el apoyo técnico que requiera;
Fracción derogada DOF . Adicionada DOF
- Participar con la en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el cuidado del medio ambiente;
Fracción derogada DOF . Adicionada DOF
- Elaborar y aplicar, en coordinación con las Secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural; de Salud; de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; de Economía; de Turismo; de Bienestar; de Gobernación; de Marina; de Energía; de Educación Pública; de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; de Relaciones Exteriores, y de la Defensa Nacional, las políticas públicas encaminadas al cumplimiento de las acciones de mitigación y adaptación que señala la Ley General de Cambio Climático;
Fracción derogada DOF . Adicionada DOF . Reformada DOF , ,
- Participar con la , en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el cuidado del medio ambiente;
- Establecer y operar un sistema de administración para autorizar, evaluar y monitorear a las personas físicas y morales que coadyuven en el cumplimiento de obligaciones y en los procesos de inspección y verificación en la materia;
Fracción derogada DOF . Adicionada DOF . Reformada DOF
- (Se deroga).
Fracción derogada DOF
- Formular y conducir la política nacional en materia de residuos y de economía circular, en coordinación con las instancias que correspondan, así como elaborar los programas nacionales correspondientes;
Fracción derogada DOF . Adicionada DOF . Reformada DOF
- Otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones, asignaciones, y reconocer derechos, según corresponda, en materia hídrica, forestal, ecológica, explotación de la flora y fauna silvestres; emisión de gases de efecto invernadero y otras sustancias a la atmósfera y sobre playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar;
Fracción reformada DOF ,
- Diseñar y operar, con la participación que corresponda de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, la adopción de instrumentos económicos para la protección, restauración y conservación del medio ambiente;
Fracción reformada DOF ,
- Se deroga.
Fracción adicionada DOF . Derogada DOF
- Coordinar y promover la investigación de la diversidad biológica, así como su conservación y uso sostenible con la participación de la ;
Fracción adicionada DOF
- Regular, autorizar y vigilar las actividades forestales productivas, así como coordinar programas de conservación, aprovechamiento sostenible y restauración, de los suelos forestales y sus ecosistemas;
Fracción adicionada DOF
- Planear, ejecutar, supervisar, dirigir y contratar la realización de obras de infraestructura que tengan como finalidad la conservación, rehabilitación, mejoramiento, desarrollo y funcionamiento de las áreas naturales protegidas o áreas cercanas a ellas, en coordinación con las autoridades competentes y las comunidades que las habiten o cotidianamente las ocupen o las transiten, y
Fracción adicionada DOF
- Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Fracción reformada y recorrida DOF . Recorrida DOF
Artículo adicionado DOF . Reformado y reenumerado (32-Bis pasa a 32) DOF . Reenumerado (32 pasa a 32 Bis) DOF . Reformado DOF