segundo..- El personal de las dependencias que, en aplicación de esta Ley pase a otra dependencia, en ninguna forma resultará afectado en los derechos que haya adquirido, en virtud de su relación laboral con la administración pública federal. Si por cualquier circunstancia algún grupo de trabajadores resultare afectado con la aplicación de esta Ley, se dará intervención, previamente, a la Comisión de Recursos Humanos del Gobierno Federal, a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado y al Sindicato correspondiente.
Ley [LOAPF]
Artículo segundo de Ley Orgánica De La Administración Pública Federal
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Ley Reglamentaria Del Artículo 27 Constitucional En Materia Nuclear
[207]
Vínculo entre normas
Ley Nacional De Extinción De Dominio
[LNED]
Vínculo entre normas
Ley General De Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial Y Desarrollo Urbano
[LGAHOTDU]
Vínculo entre normas
Ley De Aviación Civil
[LAC]
Vínculo entre normas
Ley De Desarrollo Rural Sustentable
[LDRS]
Vínculo entre normas
Ley General De Responsabilidades Administrativas
[LGRA]
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