Ley [LOBNCE]

Artículo 28 de Ley Orgánica Del Banco Nacional De Comercio Exterior

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 28.- Sólo los Gerentes podrán comparecer a absolver posiciones en los términos de la Ley procesal que corresponda. Los demás funcionarios lo harán por oficio.

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