Ley [LOEFAM]

Artículo 123 de Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 123. El Plan General de Educación Militar, determinará los cursos que deban impartirse en los diversos establecimientos de educación militar, así como en las unidades y dependencias del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.

La aplicación de estos cursos será supervisada por la Dirección General de Educación Militar.

Artículo reformado DOF

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