Ley [LOPJF]

Artículo 285 de Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

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Durante los procesos electorales, no se pagarán horas extras, pero se preverán en el presupuesto las compensaciones extraordinarias que deban otorgarse a las y los servidores públicos y personal del Tribunal Electoral de acuerdo con los horarios y cargas de trabajo que hubiesen desahogado.

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