Ley [LRAF]
Artículo 96 de Ley Para Regular Las Agrupaciones Financieras
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley Para Regular Las Agrupaciones Financieras (LRAF)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 96.- La Comisión Supervisora contará con facultades de inspección y vigilancia, respecto de las personas morales que presten servicios de auditoría externa en términos de esta Ley, incluyendo los socios, representantes o empleados de aquéllas que formen parte del equipo de auditoría, a fin de verificar el cumplimiento de esta Ley y la observancia de las disposiciones de carácter general que de ella emanen.
Para tal efecto, la citada Comisión podrá:
- Requerir toda clase de información y documentación relacionada con la prestación de este tipo de servicios;
- Practicar visitas de inspección;
- Requerir la comparecencia de socios, representantes y demás empleados de las personas morales que presten servicios de auditoría externa, y
- Emitir o reconocer normas y procedimientos de auditoría que deberán observar las personas morales que presten servicios de auditoría externa al dictaminar o emitir opiniones relativas a los estados financieros de las Sociedades Controladoras.