Ley [LSE]
Artículo 167 de Ley Del Sector Eléctrico
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley Del Sector Eléctrico (LSE)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 167.- La CNE autoriza, en su caso, los cobros que al efecto proponga el CENACE para la realización de estudios de características específicas de la infraestructura requerida y para los otros componentes del proceso de conexión de Centros de Carga e interconexión de Centrales Eléctricas, así como los demás servicios que se requieran para el funcionamiento eficiente del Sistema Eléctrico Nacional.