Lectura de artículo · LSH

Artículo 150

Ley Del Sector Hidrocarburos

Artículo 150.- Previo al otorgamiento de una Asignación, o de la publicación de una convocatoria para la licitación de un Contrato para la Exploración y Extracción, la , debe realizar un estudio de impacto social respecto del área objeto de la Asignación o el Contrato.

Los resultados del estudio se deben poner a disposición de la persona Asignataria y de las personas participantes en los procesos de licitación de los Contratos para la Exploración y Extracción, sujeto a las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.

La debe informar a las personas Asignatarias o Contratistas sobre la presencia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en las áreas en que se lleven a cabo las actividades al amparo de Asignaciones y Contratos, con el fin de que se implementen las acciones necesarias para salvaguardar sus derechos.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 150

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 150 Llegan al 150
Publicidad