Ley [LSH]
Artículo décimo tercero de Ley Del Sector Hidrocarburos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
décimo tercero..- Las autorizaciones y los permisos que se hubieran otorgado por la , la Comisión Nacional de Hidrocarburos o la Comisión Reguladora de Energía para llevar a cabo las actividades de la industria de Hidrocarburos con anterioridad a la entrada en vigor de , mantendrán su vigencia en los términos otorgados.