Ley [LTF]

Artículo 16 de Ley De Tesorería De La Federación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Tesorería De La Federación (LTF)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 16.- Durante el ejercicio de las Funciones de tesorería corresponderá a la Tesorería o a los Auxiliares ejercer la función de custodia de los recursos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal hasta su entrega, en los términos que establezca esta Ley y el Reglamento.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad