Ley [LUC]

Artículo 75 de Ley De Uniones De Crédito

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 75.- Las uniones estarán sujetas a la supervisión de la Comisión, la que tendrá en lo que no se oponga a , todas las facultades que en materia de inspección y vigilancia le confiere la Ley que la rige y la .

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias