Reglamento [Reg_LAAM]

Artículo 92 de REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

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REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (Reg_LAAM)

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Artículo 92

TÍTULO CUARTO - RÉGIMEN DE LOS ASCENSOS EN TIEMPO DE PAZ · CAPÍTULO II - De los ascensos por facultad del Alto Mando · SECCIÓN SEXTA - Del Examen de Conocimientos Prácticos para Clases y Marinería

Artículo 92. La calificación del examen práctico se graduará en la escala de 0 a 100 puntos, siendo 60 puntos la calificación mínima aprobatoria para continuar participando en la promoción.

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