TÍTULO CUARTO - DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN · CAPÍTULO TERCERO - OFERTAS SUBSECUENTES DE DESCUENTOS
Artículo 67.- Tratándose de procedimientos de carácter internacional abierto, así como nacionales en los que se utilice la modalidad de ofertas subsecuentes de descuentos, los márgenes comparativos de preferencia a que hacen referencia los artículos 17 y 39, fracción III, inciso e), párrafo segundo, y último párrafo de la Ley, y la aceptabilidad de los precios deberán aplicarse al realizar la evaluación económica de las proposiciones.