Lectura de artículo · Reg_LAAT

Artículo 6

REGLAMENTO de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores

Artículo 6

TÍTULO SEGUNDO - AYUDA ALIMENTARIA · CAPÍTULO I - De las Obligaciones y Prohibiciones

Artículo 6. Los Vales de se entregarán en función de los días que el Trabajador debe laborar en el periodo.

El patrón descontará al Trabajador los Vales de de los días no laborados del periodo inmediato anterior.

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