Reglamento [Reg_LAREFAGN]

Artículo 86 de REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LAREFAGN)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 86

TÍTULO SEGUNDO - De los Ascensos en Tiempo de Paz · CAPÍTULO IV - Modalidades de Ascenso · SECCIÓN OCTAVA - Promoción Superior por Acuerdo de la Persona Titular de la Presidencia de la República

ARTÍCULO 86.- Son facultades de la Comisión de Evaluación:

I. Instruir a las Direcciones para que remitan los extractos de antecedentes, hojas de actuación, certificados de conducta y demás documentación necesaria del Personal Potencial para participar en la Promoción Superior;

II. Dar a conocer a las personas participantes el proceso de evaluación;

Fracción reformada DOF 20-03-2026

III. Excluir del Personal Potencial a las personas participantes que no reúnan los requisitos establecidos en la Ley y en el presente Reglamento o que hagan uso de medios fraudulentos durante la presentación de los exámenes y pruebas;

Fracción reformada DOF 20-03-2026

IV. Incluir en el Personal Potencial a quienes se encontraban excluidos en un primer momento para participar, cuando resulte procedente, de conformidad con el artículo 34 de la Ley;

Fracción reformada DOF 20-03-2026

V. Capturar los datos e integrar los expedientes del personal participante, así como de los documentos que servirán de base para el proceso de análisis;

VI. Analizar el desempeño profesional de los participantes conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento;

VII. Requerir la opinión técnica de las Direcciones;

VIII. Comunicar al personal que no haya acreditado buena salud, el padecimiento y las recomendaciones emitidas por las personas médicas para su tratamiento;

Fracción reformada DOF 20-03-2026

IX. Elaborar la relación final de las personas participantes en el proceso de la Promoción Superior;

Fracción reformada DOF 20-03-2026

X. Presentar el resultado de la Promoción Superior a la persona titular de la Secretaría;

Fracción reformada DOF 20-03-2026

XI. Resolver las inconformidades, incidentes o solicitudes que se presenten en el desarrollo o con motivo de la Promoción Superior, y

Fracción reformada DOF 20-03-2026

XII. Las demás que sean necesarias para cumplir con los propósitos que le establece la Ley.

Ver artículo Markdown