Reglamento [Reg_LAero]

Artículo 93 de REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

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REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos (Reg_LAero)

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Artículo 93

Título Sexto De la operación en los aeródromos civiles · Capítulo I De las reglas generales de operación · Sección Segunda De los horarios de aterrizaje y despegue

Artículo 93. Para efectos del artículo 63 de la Ley, se entiende por horario de aterrizaje y despegue el asignado por la administradora aeroportuaria a una persona transportista u operadora aérea para la organización y planeación de los vuelos en el aeródromo.

Artículo reformado DOF 29-08-2025

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