Artículo 14. Para desarrollar la cartera de proyectos de Biocombustibles, la SENER puede:
I. Establecer programas para promover la integración de proyectos de demostración tecnológica y su escalamiento;
II. Establecer grupos de coordinación con representantes de los usuarios finales de Biocombustibles, incluidas instituciones públicas, empresas públicas del Estado, el sector privado y la academia;
III. Celebrar acuerdos de concertación con los sectores público, social y privado, y
IV. Establecer mecanismos de colaboración con organismos internacionales, empresas públicas del Estado y países líderes en producción y uso de Biocombustibles para adoptar e implementar las mejoras prácticas internacionales.