Reglamento [Reg_LBio]

Artículo 41 de REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles (Reg_LBio)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 41

TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES · CAPÍTULO II - De las Autorizaciones y Permisos que otorga la SENER · SECCIÓN III - Del Permiso de Almacenamiento de Biocombustibles

Artículo 41. Para obtener el Permiso de Almacenamiento de Biocombustibles, la persona solicitante debe presentar una solicitud en el formato autorizado por la SENER de acuerdo con lo señalado en el artículo 27 de este Reglamento y los requisitos siguientes:

I. Información de la operación que incluya al menos lo siguiente:

a) Descripción de las instalaciones y equipos con los que se pretenda llevar a cabo el Almacenamiento de Biocombustibles, en la que se señale la capacidad de estos;

b) Descripción de los procesos empleados para el Almacenamiento de Biocombustibles;

c) Descripción de los Biocombustibles que se pretenden almacenar, y

d) Descripción detallada de los sistemas de seguridad que se requieran durante la operación normal de las instalaciones, equipos y procesos;

II. Datos del proyecto, que incluya lo siguiente:

a) Inversión destinada para la ejecución del proyecto;

b) Número de empleos generados;

c) Tiempo estimado de construcción, y

d) Planes de expansión en el corto, mediano y largo plazo, certificaciones nacionales e internacionales aplicables por obtener y otros que considere relevantes;

III. Póliza vigente de seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros en caso de un siniestro que pueda derivarse de la realización de las actividades objeto del permiso, o en su caso, incluir en el formato de solicitud autorizado por la SENER la manifestación en la que la persona solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza de seguro vigente a más tardar en el momento en que entregue el Aviso de Inicio de Operaciones, y

IV. Póliza vigente de responsabilidad ambiental que cubra daños al medio ambiente en caso de siniestros que puedan derivarse de la realización de las actividades objeto del permiso o, en su caso, incluir en el formato de solicitud autorizado por la SENER, la manifestación en la que la persona solicitante del permiso se comprometa a presentar la póliza de seguro vigente a más tardar en el momento en que entregue el Aviso de Inicio de Operaciones

Previo al inicio de operación la persona titular del permiso debe cumplir con las obligaciones aplicables en materia laboral y ambiental.

Ver artículo Markdown