Artículo 49. Cuando se pretendan distribuir productos de una Formulación de acuerdo con lo establecido en la Ley del Sector Hidrocarburos se debe contar con el permiso de Formulación correspondiente y cumplir con la normatividad aplicable.
Reglamento [Reg_LBio]
Artículo 49 de REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES · CAPÍTULO II - De las Autorizaciones y Permisos que otorga la SENER · SECCIÓN V - Del Permiso de Distribución de Biocombustibles
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