Artículo 71. Corresponde a la SADER, de conformidad con la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables, otorgar los permisos previos para la Producción de Biomasa para la Producción de Biocombustibles provenientes de cultivos como la caña de azúcar, el sorgo y otro tipo de cultivos que determine la SADER. De igual forma, corresponde a la SADER otorgar los permisos para el Aprovechamiento de residuos agropecuarios.
Reglamento [Reg_LBio]
Artículo 71 de REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
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TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES · CAPÍTULO IV - De los Permisos que otorga la SADER
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