Reglamento [Reg_LDCMPME]

Artículo 32 de REGLAMENTO de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

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REGLAMENTO de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Reg_LDCMPME)

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Artículo 32

Capítulo Quinto - De los Consejos Estatales para la Competitividad de las MIPYMES · Sección II - Del Secretario Técnico

Artículo 32. Para la realización de las funciones de los Consejos Estatales, se crearán Grupos de Trabajo, en términos del artículo 26 de este Reglamento.

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