Artículo 20- La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, promoverá la creación de comités regionales de sistema-producto, que tendrán por objeto planear, mejorar la producción, productividad y rentabilidad en el ámbito regional, atendiendo a lo que establece la Ley.
Reglamento [Reg_LDRS_MOIRSSE]
Artículo 20 de REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados
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CAPÍTULO II - DE LA COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE · SECCIÓN III - DE LOS COMITÉS SISTEMAS-PRODUCTO
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