Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 59 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 59

TÍTULO TERCERO - Planeación y Evaluación Institucional · CAPÍTULO II - De la Evaluación Institucional

ARTÍCULO 59.- La evaluación institucional ofrecerá una perspectiva clara para hacer ajustes en el proceso educativo, determinará si el Sistema alcanzó sus objetivos específicos y metas señaladas, proporcionando productos de valor para mejorar la calidad educativa, y será el proceso que la Dirección y Rectoría lleve a cabo en el Sistema para:

I. Analizar y calificar la ejecución de los Planes y Programas de estudio, conforme al modelo educativo y los indicadores de calidad establecidos, y

II. Detectar sus deficiencias y fortalezas, así como las áreas de oportunidad.

Ver artículo Markdown