CAPITULO XI - Del Control y Vigilancia
ARTICULO 81.- En los casos a que se refiere el artículo 16 de este Reglamento, la Secretaría cancelará el registro correspondiente.
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Reg_LFAFE)
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ARTICULO 81.- En los casos a que se refiere el artículo 16 de este Reglamento, la Secretaría cancelará el registro correspondiente.