CAPITULO XI - Del Control y Vigilancia
ARTICULO 81.- En los casos a que se refiere el artículo 16 de este Reglamento, la Secretaría cancelará el registro correspondiente.
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
CAPITULO XI - Del Control y Vigilancia
ARTICULO 81.- En los casos a que se refiere el artículo 16 de este Reglamento, la Secretaría cancelará el registro correspondiente.