Capítulo adicionado DOF 23-11-2010
Artículo 37.- El contará con los siguientes apartados:
- De Inscripción: sección en la que los organismos descentralizados o, en su caso, el responsable del proceso de desincorporación, tramitarán la inscripción de los actos, documentos o información que corresponda;
- De Administración: sección a cargo de la unidad jurídica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para llevar a cabo la operación y conducción del , y
- De Acceso al Público: sección en la que el público en general tendrá acceso a la información inscrita en el .
Artículo adicionado DOF