Artículo 34. Cuando la organización esté inconforme con la resolución del Registro, será procedente el recurso de revisión, el cual se desahogará en los términos previstos en el Título Sexto de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Reglamento [Reg_LFFAROSC]
Artículo 34 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Capítulo Cuarto - Del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil y del Sistema de Información
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Ley reglamentada
Ley Federal De Fomento A Las Actividades Realizadas Por Organizaciones De La Sociedad Civil
[LFFAOSC]
Norma citada
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
[LFPA]
Mismo capítulo
Artículo 33 de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
Mismo capítulo
Artículo 35 de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
Mismo capítulo
Artículo 32 de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
Mismo capítulo
Artículo 31 de Reg_LFFAROSC
[Reg_LFFAROSC]
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