Reglamento [Reg_LFIIEDB]

Artículo 94 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

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REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar (Reg_LFIIEDB)

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Artículo 94

TÍTULO QUINTO - DE LOS SECTORES Y PROYECTOS PARA EL DESARROLLO CON BIENESTAR

Artículo 94. En términos del artículo 45 de la Ley, son Proyectos susceptibles de ser beneficiarios de las Acciones de Fomento, aquellos Proyectos que cumplan los requisitos establecidos por la Ley.

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