Reglamento [Reg_LFPIORPI]

Artículo 2 de REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

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REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Reg_LFPIORPI)

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Artículo 2

CAPÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2.- Además de las definiciones que establece el artículo 3 de la Ley, para los efectos de esa Ley y del presente Reglamento, se entenderá en forma singular o plural por:

Párrafo reformado DOF 27-03-2026

I. Derogada.

Fracción derogada DOF 27-03-2026

II. Firma Electrónica Avanzada, al certificado digital que refiere el Código Fiscal de la Federación;

Fracción reformada DOF 27-03-2026

III. Informes, aquellos presentados en términos de las reglas de carácter general;

Fracción adicionada DOF 27-03-2026

IV. Lista de Personas Políticamente Expuestas, aquella elaborada con base en la lista de cargos públicos a la que hacen referencia la 68ª de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y sus correlativos aplicables a las demás Entidades Financieras y, en su caso, con la información proporcionada en términos del segundo párrafo del artículo 51 Ter de la Ley;

Fracción adicionada DOF 27-03-2026

V. Personas Depositarias de Fe Pública, a las y los notarios y corredores públicos, a las personas servidoras públicas a quienes las leyes les confieran la facultad de dar fe pública en el ejercicio de sus atribuciones establecidas en las disposiciones jurídicas correspondientes, así como a las personas facilitadoras públicas y privadas a las que se refiere la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias;

Fracción adicionada DOF 27-03-2026

VI. Reglas de carácter general, a las que emita la Secretaría en términos del artículo 6, fracción VII, de la Ley;

Fracción reformada y recorrida DOF 27-03-2026

VII. SAT, al Servicio de Administración Tributaria, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, y

Fracción reformada y recorrida DOF 27-03-2026

VIII. UIF, a la Unidad de Inteligencia Financiera, unidad administrativa de la Secretaría.

Fracción reformada y recorrida DOF 27-03-2026

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