Reglamento [Reg_LFPRH]

Artículo 292 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (Reg_LFPRH)

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Artículo 292

TÍTULO SÉPTIMO - De la Información, Transparencia y Evaluación · CAPÍTULO I - De la Información y la Transparencia · SECCIÓN I - De los informes

Artículo 292. Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos, proporcionarán a la Secretaría, para efectos de integración de los informes trimestrales y en los plazos que ésta establezca, la información a que se refieren los artículos 5, fracción I, inciso f); 20, fracción II; 21, último párrafo, y 60 de la Ley. Adicionalmente, las instancias referidas en el presente artículo entregarán a la Secretaría la información que se defina en el Presupuesto de Egresos y en la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal correspondiente.

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