Reglamento [Reg_LFZEE]

Artículo 86 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (Reg_LFZEE)

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Artículo 86

CAPÍTULO CUARTO - DEL ADMINISTRADOR INTEGRAL · Sección VII - De las Modificaciones Estatutarias y Cambio de Control del Administrador Integral

Artículo 86.- Cuando se pretenda realizar actos que impliquen la transferencia o cambio de control de la persona moral titular del Permiso, los interesados deberán presentar una solicitud para que la Autoridad Federal autorice dichos actos, la cual deberá contener lo siguiente:

I. La especificación de la modalidad del control de la persona moral;

II. El proyecto de acto jurídico que se pretende llevar a cabo, y

III. Los motivos y alcances de la transferencia o cambio de control.

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