Artículo 89.- En caso de que la Autoridad Federal no emita la resolución dentro del plazo señalado en el artículo anterior, se entenderá ésta en sentido negativo para los interesados.
Reglamento [Reg_LFZEE]
Artículo 89 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales
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CAPÍTULO CUARTO - DEL ADMINISTRADOR INTEGRAL · Sección VII - De las Modificaciones Estatutarias y Cambio de Control del Administrador Integral
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