Artículo 75.- El Consejo Nacional de Evaluación establecerá los requisitos mínimos que deberán cumplir los organismos evaluadores independientes que participen en las convocatorias que emita o en las que emitan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal responsables de la operación de los programas, acciones y recursos federales destinados al desarrollo social, sujetos a evaluación.
Reglamento [Reg_LGDS]
Artículo 75 de REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social
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CAPÍTULO XI - De la Evaluación de la Política de Desarrollo Social
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