TÍTULO SEXTO - RÉGIMEN DISCIPLINARIO · Capítulo XI - Del Libro de Actas y Formulación de Actas
Artículo 226. Para expedir copias certificadas que sean solicitadas por el compareciente, éste deberá de acreditar previo a su entrega el pago de derechos a que se refiere la Ley Federal de Derechos.